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Modificación del real decreto sobre gestión de neumáticos fuera de uso

    Del 21 de noviembre al 21 de diciembre está abierto el proceso de participación pública para enviar alegaciones al borrador del proyecto de real decreto por el que modifica el Real Decreto 1619/2005, de 30 de diciembre, sobre gestión de neumáticos fuera de uso.

    Con independencia de los futuros cambios que se realizarán en la normativa sobre neumáticos, como resultado de la transposición a la legislación española de las novedades introducidas por la Directiva 2018/851/UE, por la que se modifica la Directiva 2008/98/CE sobre los residuos, con las modificaciones actuales el Ministerio busca avanzar en la corrección de las principales debilidades detectadas en el procedimiento de gestión de los neumáticos fuera de uso para  continuar con la mejora de su gestión.

    Las principales modificaciones introducidas son las siguientes:

    a) Incorporar al sistema a los neumáticos con diámetro exterior superior a los 1.400 mm, que pasan a ser tratados igual que el resto de neumáticos.
    b) Regular la actuación de los centros autorizados para el tratamiento de los vehículos al final de su vida útil (CAT) para aquellos neumáticos que se ponen por primera vez en el mercado de reposición y que entran en el flujo de gestión de los neumáticos fuera de uso, por haber sido montados fuera de las instalaciones del propio CAT y estos no puedan garantizar su tratamiento por gestor autorizado.
    c) Aclarar que los puntos limpios establecidos por las entidades locales tienen la consideración de poseedor de neumático fuera de uso, y hacer referencia a la regulación del procedimiento de recogida de los neumáticos en estos puntos.
    d) Aclarar el alcance de la obligación de recogida del productor de neumáticos, sobre la gestión de los neumáticos fuera de uso, generados por los neumáticos que fueron puestos por el productor en el mercado de reposición.
    e) Priorizar la preparación para la reutilización, definiendo las condiciones que deben reunir para su comercialización tanto los neumáticos de segundo uso, como los neumáticos recauchutados, y regulando la información que, sobre los mismos, debe suministrarse al consumidor.
    f) Crear la sección de productores de neumáticos en el Registro de Productores de Productos y establecer la información que periódicamente estos deben suministrar.
    g) Mejorar la información que se dispone sobre los resultados obtenidos en el tratamiento de los neumáticos fuera de uso.
    h) Promover medidas de información y sensibilización dirigidas a los consumidores y talleres sobre la importancia de una correcta gestión de los neumáticos.

     FER ha realizado un completo y extenso documento de alegaciones en defensa de las empresas recicladoras y valorizadoras de neumáticos.

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