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Enviadas las alegaciones a la implantación del libro de policía en el País Vasco

    Desde FER hemos redactado las alegaciones pertinentes para tratar de eliminar los aspectos más lesivos de la norma.

    Esta norma, que entró en vigor el pasado 7 de diciembre, se trata de la Orden de 14 de octubre de 2022, del Vicelehendakari Primero y Consejero de Seguridad, mediante la que se da publicidad a la forma de cumplimentar las obligaciones de registro informático y de comunicación a la Ertzaintza previstas en la normativa de protección de la seguridad ciudadana para las personas físicas o jurídicas que ejercen actividades relacionadas con centros gestores de residuos metálicos, establecimientos de comercio al por mayor de chatarra o productos de desecho llevadas a cabo dentro de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Quedan exentos los centros autorizados de tratamiento, si solamente gestionan residuos procedentes de vehículos fuera de uso.

    En virtud de esta Orden, los sujetos titulares de las actividades como centros gestores de residuos metálicos, establecimientos de comercio al por mayor de chatarra o productos de desecho, comunicarán a la Ertzaintza, a través de la Sede Electrónica del Gobierno Vasco  y en el plazo de 24 horas a contar desde la adquisición del residuo adquirido, la información sobre los datos a los que se refiere el anexo de la Orden. Además, dichos sujetos deben responsabilizarse de que los datos recogidos se corresponden con los que figuran en los documentos de identidad oficiales admitidos.

    Asimismo, estos sujetos también tienen la obligación de registrar informáticamente cada operación y conservar dicha información a disposición de la Ertzaintza durante tres años.

    Finalmente, como ya os adelantábamos, en FER hemos realizado una serie de comentarios y alegaciones para tratar de eliminar aquellos aspectos que resulten lesivos para nuestro sector y nuestros socios.

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