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Proceso participativo del Plan de Prevención y Gestión de Residuos de Castilla La Mancha 2023-2030

    FER hace alegaciones al Proyecto de Decreto de Prevención y Gestión de Residuos de Castilla-La Mancha.

    Con la elaboración de este Plan de Prevención y Gestión de Residuos de Castilla-La Mancha 2023-2030 se pretende adaptar la planificación regional en materia de residuos a las exigencias normativas actuales, tanto en materia de prevención de la generación de residuos, como en materia de gestión de residuos, intentando a su vez dar respuesta a las cada vez más demandadas soluciones ambientales.

    Partiendo de un análisis exhaustivo y crítico de la situación regional en materia de residuos, con este nuevo Plan se quiere poner énfasis en las políticas de prevención, pero sobre todo en las de gestión de residuos, suprimiendo de forma progresiva y contundente la eliminación de residuos mediante su depósito en vertedero y priorizando otras formas de valorización que redunden en el aprovechamiento de los recursos contenidos en los residuos que generamos.

    Las principales alegaciones de FER son:

    • Defensa de la gestión privada de los residuos. El productor u otro poseedor inicial de los residuos comerciales no peligrosos goza de libertad para determinar la vía a través de la que se procederá a la gestión de sus residuos, si por vía de gestión privada o pública. Y se debe respectar esta opcionalidad.
    • La Junta podrá desarrollar acciones de formación e informativas para mejorar el conocimiento de los gestores de como rellenar correctamente la memoria anual o cuales son los principales errores que se comenten y como evitarlos, etc.
    • Los gestores de residuos cumplen y recopilan los datos que se determinan en el artículo 65 sobre obligaciones de información de la Requisitos que se han ampliado y van más allá de lo establecido en la Directiva 2008/98 de residuos con el desglose de las operaciones de valorización y eliminación. Por lo que los gestores ya suministran la información marcada por la legislación, no se les puede imponer más cargas administrativas o más información de la normativa europea y estatal. En lo que sí que hay que avanzar es en la interpretación y el procesamiento por parte de la Administración de la información que ya aportan los gestores, pero la solución no es pedir más datos, la solución se encuentra en interpretar mejor esos datos y el tratamiento que se hace de la información, para poder sacar conclusiones.
    • Se debe aplicar correctamente el principio de autosuficiencia y proximidad.
    • Los gestores de residuos que realizan operaciones de valorización material, como es el tratamiento mecánico, no deberían incluirse dentro de esta obligación, puesto que, como hemos descrito anteriormente, precisamente gracias a su labor se consigue el ahorro de energía y la reducción de emisiones a la atmosfera en comparación a si se utilizaran materias primas vírgenes. Solicitamos su exclusión.
    • Se defiende que no se impongan más cargas administrativas a los gestores y todos los desarrollos y plataformas que se desarrollen que se hagan contando y consultando a los gestores.
    • Se debe reconocer la labor de todas las empresas, no solo a las empresas de economía social, y se debe respetar la libre competencia y la igualdad de oportunidades a la hora de desarrollar todos los modelos de recogida y gestión.
    • Se echa en falta la consideración de la valorización energética como una vía factible y que se promueva para los rechazos de las plantas de tratamiento de residuos, al igual que sucede en los países europeos más avanzados.
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