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Obligación de implantación de un canal de denuncias

Las empresas determinadas por la directiva deberán implementar cauces y procedimientos internos de denuncia, seguimiento y tramitación de denuncias.

La Directiva Europea, 2019/1937 de 23 de octubre, relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión impone la obligación para las empresas públicas y privadas que cuenten con más de 50 trabajadores en plantilla, o aquellas que sean requeridas debido a su actividad, implementar cauces y procedimientos internos de denuncia, seguimiento y tramitación de denuncias.

El plazo que se da para trasponer esta directiva vence el próximo día 17 de diciembre por lo que es previsible que el Gobierno de España, para evitar incumplir la Directiva, publique próximamente la norma al efecto y por tanto, es previsible que a corto plazo se aplique en nuestro país esta obligación de implantar un canal de denuncias, aunque se desconoce la fecha exacta.

Iremos informando a nuestros socios de las novedades al respecto.